domingo, 21 de octubre de 2012

Cambio de local y día de reunión en Culleredo

A partir del 15 de octubre de 2012, las reuniones del grupo de lactancia de Culleredo, así como las del grupo de crianza, pasan a ser en el local del Concello de Culleredo situado en la Plaza de Castelao, s/n - CP 15174, Fonteculler - Culleredo (está señalizado con un cartel del concello)


Ver mapa más grande

Además, cambiamos los días de reunión del grupo de apoyo a la lactancia, que pasarán a ser el 1º y 3º MIÉRCOLES de mes, de 18:00 a 20:00 h.
El grupo de crianza se reunirá el 2º y 4º MIÉRCOLES de cada mes, de 18:00 a 20:00 h también.

Grupo de apoyo a la lactancia: 1º y 3º MIÉRCOLES de cada mes, de 18:00 a 20:00 h

Grupo de crianza: 2º y 4º MIÉRCOLES de cada mes, de 18:00 a 20:00 h



sábado, 20 de octubre de 2012

Nuevo documento: Alergia a proteínas de leche de vaca

Hemos colgado en nuestra sección de "Descargas" un interesante documento sobre ALERGIAS A PROTEÍNAS DE LECHE DE VACA. Podéis acceder directamente a él pinchando en este enlace.

viernes, 7 de septiembre de 2012

Las pezoneras ¿Barreras o puentes?

A continuación compartimos un artículo de Patricia López Izquierdo, publicado recientemente en su blog "Consulta Lactancia":


Las pezoneras son un instrumento de lactancia. Concretamente son unos objetos de goma que se ponen sobre el pezón, y de alguna forma lo protegen o… lo sustituyen.
En el mundo de la lactancia son tan temidas como odiadas, consideradas comúnmente una peligrosa interferencia en el amamantamiento natural y satisfactorio.
Sin embargo, las pezoneras siguen ahí… las madres las usan a pesar de todo, y curiosamente muchas veces les ayudan a amamantar a sus bebés e incluso salvan lactancias.
Intentaremos arrojar un poco de luz sobre todas estas contradicciones.
1º. Si se plantea el uso de pezoneras es porque hay alguna dificultad con la lactancia. Lo que ocurre es que cuando no se sabe identificar o resolver la causa de los problemas es muy fácil tirar del las pezoneras, y una tentación en la que se cae muy a menudo en el mundo sanitario: usar las pezoneras como “pastillas cura lactancias” cuando obviamente no lo son. Si hay un problema de lactancia la madre necesita, antes que nada, atención especializada, mucho apoyo…Y un correcto seguimiento personalizado, todo lo prolongado e intenso que sea necesario.
2º. Hay muchas clases de pezoneras, por desgracia incluso siguen en el mercado unos horribles  cacharros de caucho que constituyen una auténtica barrera física entre el pezón y la boca del bebé. Por favor NUNCA USÉIS estas pezoneras:



Las buenas son las de silicona transparente, y mejor si son tipo “contact”, es decir con una muesca en la parte superior para que la nariz del bebé contacte directamente con la piel de la madre
También hay que tener muy en cuenta la TALLA.
Sí hay tallas: de la S  a la XL…Porque obviamente hay pezones de todos los tamaños.
Y es muy importante para su buen funcionamiento que la pezonera se ajuste bien al pezón; que no lo aprisione y que permita que se elongue dentro de ella. Las pezoneras son bastante largas , y así deben ser. Lo que varía es el diámetro y por lo tanto el ANCHO.

- Hay que aprender a usar bien las pezoneras, ponerlas tiene su técnica; de hecho hay varias técnicas y cada madre debería usar la que mejor se adapte a ella. Aquí os dejo un vídeo de muestra de una de las formas buenas de ponerse la pezoneras:Using a Nipple / Breast Shield – Breastfeeding Tips – YouTube  Siento que esté en inglés (casi todo lo bueno sobre lactancia aun está en ese idioma) Pero las imágenes hablan por si solas.
Y no solo hay que saber ponérselas, hay que saber verificar que están cumpliendo su función y que el bebé gracias a ellas logra agarrarse eficazmente al pecho y extraer suficiente leche, o no.
Muchas madres ven en las pezoneras la causa de sus problemas de la lactancia, cuando en realidad solo son un síntoma más, o tal vez una mala solución.
Pero en realidad el verdadero problema era la DIFICULTAD DE SUCCIÓN  de su bebé.( Anquiloglosia y dificultades de succión. Una explicación física a muchos problemas de lactancia.)Que muchas veces acaba en heridas infectadas y pechos muy doloridos y/o en bebés insatisfechos y mal alimentados…Simplemente, porque son incapaces de mantener el pezón correctamente dentro de la boca y a continuación extraer la leche que necesitan, sin lastimar a su madre.
Los bebés inmaduros o prematuros también se benefician casi siempre del uso de pezoneras
Las pezoneras-eso sí- no dejan de ser un artificio, y suelen causar rechazo por ser un engorro que hay que limpiar, traer y llevar, e impiden amamantar directamente.
Pero… casi todos los bebés dejan de usarlas cuando están preparados para ello. A veces es cuestión de semanas o a veces es cuestión de meses.  Si el seguimiento es bueno, la lactancia con pezoneras puede ser tan prolongada y satisfactoria como queramos.
Si creo que una madre y su bebé podrían beneficiarse del uso de pezoneras, me gusta decirles que piensen en ellas como en un instrumento de apoyo. Un objeto que les facilita la conexión con su bebé, que les ayuda a alimentarlo…
Si son adecuadas y se utilizan bien, las pezoneras no son un barrera, son un puente para la lactancia, entre la madre y el bebé.
Para saber más :
LLLI | Uso de pezoneras
LLLI | Nipple Shields . . . Friend or Foe?
Nipple Shields: life-saver, supply -wrecker or just another tool for nursing mothers? | The Leaky B@@b
Nipple shields : KellyMom

Acceso a la fuenete original: http://consultalactancia.es/2012/09/05/las-pezoneras-barreras-o-puentes/


martes, 7 de agosto de 2012

Noticia: El difícil retorno a la leche materna (La Opinión. 6 de agosto de 2012)

El difícil retorno a la leche materna

La OMS recomienda dar de mamar como mínimo hasta los seis meses, algo que solo cumple el 20% de las españolas . Médicos y expertos coruñeses derriban falsos mitos sobre la lactancia

Ser fumadora o tener que tomar un antibiótico no es un 'handicap' para dar de mamar al bebé, la lactancia puede alargarse hasta pasados los dos años y los niños deben alimentarse cuando lo demanden, sin prefijar un horario. Estas son solo algunas de las falsas creencias que médicos y asociaciones prolactancia trabajan para derribar. Su objetivo es orientar a las madres e informarles de las ventajas de dar el pecho: protege al niño de infecciones, previene la diabetes y en las madres, reduce el riesgo de cáncer de mama

ANA RAMIL| A CORUÑA El mejor alimento para el bebé durante los primeros seis meses, natural, lleno de nutrientes, con beneficios tanto para la madre como el niño, fácil de conseguir y económico. Para la Organización Mundial de la Salud no hay dudas, la leche materna solo tiene ventajas y debería consumirse como mínimo durante el primer medio año de vida, pero la realidad es que solo una de cada cinco madres españolas logra dar el pecho a su hijo tanto tiempo. Para recuperar esta práctica y erradicar falsos mitos sobre ella, la OMS y Unicef celebran desde hace 20 años la Semana Mundial de la Lactancia Materna entre el 1 y el 7 de agosto.

Dar de mamar, lo que durante décadas era algo inherente a ser madre, comenzó a verse con malos ojos a partir de los años 70. "Las primeras campañas publicitarias sobre leche artificial y el hecho de trasladar el parto del domicilio al hospital provocaron una caída en el porcentaje de madres que optaban por la leche materna", indica Nuria Valiño, ginecóloga del Hospital Universitario de A Coruña. Gracias a las campañas de asociaciones médicas o ciudadanas que informan y asesoran a las futuras madres, esta situación comienza a dar un giro de 360 grados.

Eso sí, falsas creencias todavía perviven entre las futuras mamás. "Muchas aún creen, por ejemplo, que si fuman o si toman antibióticos no le pueden dar de mamar al niño", indica Valiño, quien asegura que esto no supone ninguna contraindicación. Lo mismo ocurre con la periodicidad con la que hay que dar el pecho. "Los pediatras dicen que a demanda, es decir, todas las veces que el niño lo pida, pero durante el primer mes hay que estar encima de él, no esperar a que llore y sobre todo, es un error frases como 'el niño ya me aguanta cuatro horas', no tiene que aguantar nada, debe alimentarse bien", sostiene la presidenta de la asociación en defensa de la lactancia materna Alma, Eva González.

Otro error es creer que, una vez que el niño comienza a tomar otros alimentos, debe eliminarse la leche materna. La OMS recomienda que se compagine con otros alimentos hasta por los menos los dos años. "Aún se oyen cosas como que con dientes ya no deberían mamar, que a esas alturas solo se tiene agua en lugar de leche...", indica Eva.

Lo cierto es que las españolas dan el pecho una media de 3,2 meses. Muchas lo dejan al comenzar a trabajar. "Está claro que si lo ideal es darle medio año, es ridículo que la baja maternal solo sea de cuatro meses", indican desde Alma, donde aseguran que es posible compaginar la lactancia con el empleo. "Es cuestión de organizarse, que alguien lleve al niño hasta el lugar de trabajo o extraer la leche para dársela después", sostiene Eva. Los expertos alaban las virtudes de la leche materna, pero dejan la última palabra en manos de la madre.

. ¿Qué ventajas tiene la leche materna frente a la artificial? "Reduce el riesgo de que el bebé contraiga infecciones respiratorias o gastrointestinales y a largo plazo está comprobado que los niños que maman suelen tener la tensión y el colesterol más bajos y que previene la obesidad o la diabetes", señala la ginecóloga coruñesa Nuria Valiño. Todo ello porque es un alimento inocuo, que contiene anticuerpos y nutrientes.

. ¿También beneficia a la madre? Sí. Los expertos sostienen que reduce el riesgo de cáncer de mama y ovario y ayuda a recuperar el peso tras el embarazo. "Además tiene ventajas a nivel emocional porque crea un fuerte vínculo entre la madre y el niño", indica Valiño.

. ¿Qué mujeres no pueden dar el pecho? Los médicos sostienen que la mayoría de las madres puede dar de mamar sin problemas. En el caso de las mujeres con VIH, la OMS asegura que hay que consultar con el facultativo ya que aunque los antirretrovirales reducen el riesgo de contagio, puede traspasarse el virus al pequeño.

. ¿Qué cantidad de leche debe tomar cada día? La Asociación Española de Pediatría recomienda que, durante el primer año, el bebé mame de 4 a 5 veces al día, la cantidad varía en función del niño.

. ¿Hay que darle también agua? Si el bebé solo toma leche materna, los pediatras aseguran que no precisan otro líquido mientras que es bueno darle agua a partir de que comience a recibir alimentos.

. ¿Cómo almacenar la leche extraída? Al tener propiedades antibacterianas dura 24 horas a temperatura ambiente (15 ºC) u ocho días en la nevera.

Enlace a la fuente original: pincha aquí

miércoles, 27 de junio de 2012

Portabebés ergonómicos

Los portabebés ergonómicos son una alternativa al carrito y la silla de paseo.
Los bebés siempre han sido porteados por sus madres (siempre han sido llevados en brazos), mientras que no siempre han existido los carritos.
Piernas colocadas en "postura de ranita"
Hay culturas donde ese porteo ha sido apoyado por sistemas que hoy llegan hasta nosotros. Así, sabemos que por ejemplo, con la ayuda de una tela o un "trapo", llevar a nuestro bebé encima puede ser no sólo fácil sino muy beneficioso para ambos.
Los portabebés ergonómicos son aquellos que respetan la postura fisiólogica del bebé y del porteador. El peso del bebé se reparte entre los hombros, la espalda y la cadera de su porteador. El bebé durante el porteo adopta la "postura de ranita", con las piernas abiertas y las rodillas flexionadas, quedando éstas a una altura superior que la cadera. Esta postura favorece el adecuado desarrollo de la cadera del bebé.
Existen distintos tipos de portabebés ergonómicos. Entre los más utilizados están las mochilas ergonómicas, el fular (elástico o rígido), el mei-tai, la bandolera de anillas o el pouch. Todos ellos tiene en común las características descritas.
Entre las ventajas del porteo, podríamos destacar que el hecho de ir pegado al cuerpo de su porteador tranquiliza y reconforta al bebé, favoreciendo un estado de tranquilidad, tanto mientras duerme, como mientras está despierto.
Además, cuando es la madre la que portea al bebé la mayor parte del tiempo, esta cercanía favorece la lactancia. No sólo por el hecho de que la mayoría de los portabebés permiten amamantar a los pequeños mientras son porteados, sino porque el hecho de pasar tanto tiempo tan cerca de nuestro bebé, hace que aprendamos a detectar precozmente el más mínimo indicio de que quiere ser amamantado.
Esto está relacionado a su vez  con el afianzamiento del vínculo afectivo entre la madre y el bebé, por lo que podemos decir que los portabebés ergonómicos  favorecen el desarrollo tanto físico como emocional de los bebés.

sábado, 19 de mayo de 2012

La reforma laboral las modificaciones en el permiso de lactancia y en la reducción de jornada



(REVISIÓN DEL ARTÍCULO 37 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES TRAS LA APLICACIÓN DEL Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero )


Como consecuencia de la polémica y la desinformación que ha acarreado la nueva reforma laboral, hemos elaborado este pequeño análisis comparativo de los puntos del Estatuto de los Trabajadores que regulan tanto el permiso de lactancia (art. 37.4) como la reducción de jornada por cuidado de familiares (art. 37.5).

Decir que la única modificación que ha sufrido el permiso de lactancia es que ahora SÓLO LO PODRÁ DISFRUTAR UNO DE LOS DOS PROGENITORES, NO LOS DOS. Conviene aclarar que no es cierto que ya no se podrá acumular la hora de lactancia en jornadas completas.

El derecho que ha sido más afectado ha sido el de reducción de jornada, que si bien lo pueden seguir disfrutando las familias con hijos menores de ocho años a cargo, ahora se explicita que la reducción deberá ser DIARIA (antes podías decidir por ejemplo, no ir a trabajar los viernes en todo el día, mientras que ahora hay que reducir la jornada cada día). Además, la concreción de ese permiso correspondía exclusivamente al trabajador/a (era quien decidía cómo y cuándo reducía su jornada), mientras que ahora se deja abierto a la negociación colectiva la concreción de cómo disfrutar esa reducción, lo cual sí que podrá perjudicar la conciliación de muchas familias que se acojan a la reducción de jornada, al no poder decidir cómo ejercer ese derecho.


Por último, decir que este análisis no ha sido realizado por especialistas jurídicos, sino por madres informadas  y preocupadas por el futuro de nuestros derechos, por lo que cualquier puntualización o aclaración será bienvenida.
De aquí en adelante, todos los datos que se ofrecen son datos objetivos, copia de los correspondientes puntos del Estatuto de los Trabajadores antes y después de la Reforma.




Art. 37 E.T. antes de la reforma (sólo los puntos 4, 5 y 6 que son los que regulan el permiso de lactancia y la reducción de jornada por cuidado de familiares):

4. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple.
La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla.
Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen.

4 bis. En los casos de nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario.
Para el disfrute de este permiso se estará a lo previsto en el apartado 6 de este artículo.

5. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.
Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.
La reducción de jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres.
No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.
Este artículo, corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria.
El trabajador deberá preavisar al empresario con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.
Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la determinación de los períodos de disfrute previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo serán resueltas por la jurisdicción competente a través del procedimiento establecido en el artículo 138 bis de la Ley de Procedimiento Laboral(RCL 1995, 1144, 1563).
6. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo, corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria. El trabajador deberá preavisar al empresario con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.
Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la determinación de los períodos de disfrute previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo serán resueltas por la jurisdicción competente a través del procedimiento establecido en el artículo 138 bis de la Ley de Procedimiento Laboral.


Art. 37 E.T tras la reforma (sólo puntos 4, 5 y 6):
(en negrilla y subrayado, las novedades tras la reforma laboral de 2012)

4. En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d) de esta Ley, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.
Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquella.
Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen.»


«5. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella.»


«6. La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo, corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria. Los convenios colectivos podrán establecer, no obstante, criterios para la concreción horaria de la reducción de jornada, en atención a los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del trabajador y las necesidades productivas y organizativas de las empresas. El trabajador, salvo fuerza mayor, deberá preavisar al empresario con una antelación de quince días o la que se determine en el convenio colectivo aplicable, precisando la fecha en que iniciará y finalizará el permiso de lactancia o la reducción de jornada.
Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la determinación de los períodos de disfrute previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo serán resueltas por la jurisdicción social a través del procedimiento establecido en el artículo 139 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.»

lunes, 30 de abril de 2012

Visita a la Domus

El pasado domingo 22 de abril, ALMA organizó una nueva actividad donde más de 15 familias visitamos uno de los museos científicos de la ciudad de A Coruña: la Domus o Casa del Hombre. A continuación algunas fotos: